Almacén Temporal de Residuos Peligrosos: Qué Exige la Norma y Cómo Montarlo

Descubre qué exige la normativa mexicana para un almacén temporal de residuos peligrosos: piso, contención, señalización y plazos

Escrito por

Liliana Alcántara

Publicado el

18 septiembre 2026

Un área improvisada para guardar residuos peligrosos no solo es un riesgo de seguridad. Es, además, un incumplimiento normativo que puede derivar en sanciones durante una inspección de PROFEPA.

La buena noticia es que la ley es clara sobre lo que exige, y montar un almacén temporal conforme no requiere una obra compleja: requiere seguir un conjunto de condiciones específicas desde el diseño.

Qué dice la norma sobre el almacenamiento temporal

El marco legal aplicable es la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR) y su Reglamento, específicamente el Artículo 82, que establece las condiciones básicas que debe cumplir cualquier área destinada al almacenamiento temporal de residuos peligrosos.

La clasificación de qué residuo cuenta como peligroso, bajo el sistema CRETIB: Corrosivo, Reactivo, Explosivo, Tóxico, Inflamable, Biológico-infeccioso, la define la NOM-052-SEMARNAT-2005.

Un punto que conviene tener presente desde el inicio: el almacenamiento temporal tiene un plazo máximo de seis meses. Pasado ese tiempo sin haber entregado los residuos a un gestor autorizado, la empresa debe notificar a la autoridad federal.

almacén temporal de residuos peligrosos

Ubicación: separación y reducción de riesgos

El Artículo 82 exige que el área de almacenamiento esté:

  • Separada de las áreas de producción, servicios, oficinas y almacenamiento de materias primas o producto terminado. No puede ser un espacio compartido con otras funciones de la planta.
  • Ubicada donde se reduzcan los riesgos de emisiones, fugas, incendios, explosiones e inundaciones, lejos de fuentes de calor, drenajes abiertos o zonas de alto tránsito.

Piso y contención: la parte que más se pasa por alto

Este es uno de los puntos donde más fallan los almacenes improvisados. La norma exige contar con dispositivos para contener posibles derrames: muros, pretiles de contención o fosas de retención que capten el residuo si hay una fuga.

Cuando se almacenan residuos líquidos, el requisito es más específico: el piso debe tener pendiente hacia trincheras o canaletas que conduzcan cualquier derrame a una fosa de retención con capacidad para contener, como mínimo, la quinta parte del volumen almacenado o del contenedor más grande presente en el área.

En la práctica, esto se traduce en usar tarimas antiderrame bajo tambos y contenedores con líquidos, que ya integran esa contención secundaria sin necesidad de construir una fosa de concreto para cada punto de almacenamiento.

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Techo, ventilación y acceso restringido

Además de lo que marca explícitamente el Artículo 82, la práctica común alineada con estos principios incluye:

  • Techo o cubierta que evite la exposición directa al sol y la lluvia, relevante sobre todo para residuos inflamables o reactivos con el calor.
  • Ventilación natural o forzada, para evitar la acumulación de vapores.
  • Acceso restringido únicamente a personal autorizado y capacitado en el manejo de estos residuos.

Señalización: que cualquiera identifique el riesgo sin abrir el contenedor

Todo residuo debe estar identificado desde el momento en que se genera, y esa identificación debe ser visible en el almacén: letrero de "Residuos peligrosos" en la entrada, símbolos de riesgo según la clasificación CRETIB del contenido, y etiquetado individual en cada contenedor o tambo.

Contenedores correctos, NO usar cualquier recipiente

Ni la contención en el piso ni la señalización sirven de mucho si el residuo está en un recipiente inadecuado. Para sólidos y semisólidos, los tambos de polietileno resistente a químicos son la opción estándar; para volúmenes mayores o residuos que requieren manejo más controlado, los contenedores industriales con tapa hermética reducen el riesgo de fuga y facilitan el traslado hacia el gestor autorizado.

Checklist resumen antes de montar tu almacén

RequisitoQué debe tener
UbicaciónSeparado de producción/oficinas, lejos de riesgos de incendio o inundación
PisoImpermeable, con contención de derrames (muros, pretiles o fosa de retención)
TechoCubierta que evite exposición directa al sol y lluvia
SeñalizaciónLetrero de "Residuos peligrosos" + símbolos CRETIB + etiquetado por contenedor
ContenedoresTambos o contenedores industriales según tipo y volumen del residuo
PlazoMáximo 6 meses antes de entrega a gestor autorizado

Cumplir con estas condiciones no depende solo de la construcción del espacio, sino de tener el equipo de contención y almacenamiento adecuado desde el primer día: tarimas antiderrame, tambos y contenedores industriales que ya están pensados para reducir el riesgo de fuga y facilitar una inspección sin sobresaltos.

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